Ayudas de emergencia social

Fecha

6 de agosto de 2020

Información e instrucciones para la cumplimentación de solicitudes.
Orden de la convocatoria:
Resolución del 22 de julio de 2020, de la Secretaría Xeral da Emigración, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de ayudas de emergencia social, y se procede a su convocatoria para el año 2020.
Entidad:
Secretaría Xeral da Emigración
Fecha de publicación:
03.08.2020
Estado:
Procedimiento abierto

Objeto y finalidad de las ayudas:

Esta resolución tiene por objeto aprobar las bases  por las que se regirá la concesión de  ayudas dirigidas a personas emigrantes de nacionalidad española y de origen gallego residentes en el exterior, que carezcan de los recursos económicos necesarios para atender situaciones sobrevenidas de carácter extraordinario de emergencia social, sanitaria o asistencial, que precisen de una actuación urgente, para evitar o paliar situaciones de necesidad o exclusión social, así como las que tengan por objeto sufragar los costes de los viajes que tengan que realizar, por razones de estas características, y cuya atención corresponda al ámbito de competencias propias de este centro directivo.

Personas beneficiarias:

  1. Las personas emigrantes gallegas y sus hijos/as, que posean la condición de personas gallegas residentes en el exterior.
  2. Excepcionalmente, para el caso de tener que realizar un viaje las personas a las cuales se refiere este punto y que no puedan valerse por sí mismas, también podrá ser beneficiaria una persona acompañante.

Requisitos de las personas beneficiarias:

  • a) Tener rentas o ingresos insuficientes.
  • b)Tener patrimonio insuficiente
  • c) Acreditar razones de carácter social, sanitario o asistencial de situaciones sobrevenidas en un tiempo próximo al de la solicitud, como máximo nos últimos doce meses que, por su gravedad, requieran una actuación urgente o la necesidad de realizar el viaje por mor de esta razón.

Plazo de presentación de solicitudes y documentación a presentar:

Plazo de presentación de solicitudes: desde el 04.08.2020 hasta el 15.11.2020, ambos incluidos. (El plazo de presentación, se extenderá hasta el 16/11/2020, por coincidir en «inhábil», el último día del plazo de  presentación de solicitudes).

Los modelos normalizados de solicitud podrán obtenerse en las páginas web: https://sede.xunta.gal y http://emigracion.xunta.gal.

Lugar de presentación de la documentación:

Las solicitudes se presentarán preferiblemente por vía electrónica a través del formulario normalizado, anexo I, disponible en la sede electrónica de la Xunta de Galicia, https://sede.xunta.gal.

Opcionalmente, se podrán presentar las solicitudes presencialmente en cualquiera de los lugares y registros establecidos en la normativa reguladora del procedimiento administrativo común.

Para la presentación de las solicitudes podrá emplearse cualquiera de los mecanismos de identificación y firma admitidos por la sede electrónica de la Xunta de Galicia, incluido el sistema de Chave 365 (https://sede.xunta.es/chave365).

FORMULARIOS DE TRAMITACIÓN DE SOLICITUDES:  pinchar aquí para acceder a la Sede electrónica

 

Texto íntegro de la convocatoria en el D.O.G.: (pinchar aquí para descargar)

Extracto de la convocatoria en el D.O.G.: (pinchar aquí para descargar)

Finalización del plazo de presentación de solicitudes:
16.11.2020